Y ya que lo sacas...lo de perseguir a muerte va mas con ciertas Amistades del Norte, la defensa de esta persecución y el enaltecimiento de los perseguidores, no conmigo.
LEKA, ENALTECIMIENTO DEL TERRORISMO ES UN DELITO TIPIFICADO EN EL CODIGO PENAL, SI TU CREES QUE ALGUIEN DE ESTE FORO HA INCURRIDO EN ELLO, TU DEBER ES DENUNCIARLO EN LAS DEPENDENCIAS POLICIALES O JUZGADO, EN CASO CONTRARIO EL QUE INCURRE EN DELITO ERES TÚ. CP ART 571 A 577.
ASI MISMO, El art.367 del código penal la define como la alegación o imputación de un hecho, que ataca el honor o la consideración de la persona o del cuerpo a cual se imputa
La injuria es cualquier expresión afrentosa, cualquier invectiva o término de desprecio, que no encierre la imputación de un hecho preciso
El difamador se refiere a un hecho determinado, exacto o falso que ataca el honor o la consideración de una persona, como por ejemple: Juan fue el que robo el caballo a Pedro.
La injuria existe por el mero hecho que se emplee con respecto de una persona una expresión afrentosa o despreciativa en si, sin imputarle un hecho preciso, como por ejemplo: Juan es un ladrón. Aquí no se establece con precisión el echo de que le robo a alguien, sino que se señala un vicio determinado, tal como lo requiere el art.373 en su parte infine.
Y CON ESTO CIERRO ESTE TEMA POR MI PARTE.