ESTATUTO DE CASTILLA-LA MANCHA
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 5
Uno. La bandera de la Región se compone de un rectángulo dividido verticalmente en dos cuadrados iguales: el primero, junto al mástil, de color rojo carmesí, con un castillo de oro mazonado de sable y aclarado de azur, y el segundo, blanco.
Dos. La bandera de la Región ondeará en los edificios públicos de titularidad regional, provincial o municipal, y figurará al lado de la bandera de España, que ostentará lugar preeminente; TAMBIÉN PODRÁ FIGURAR LA REPRESENTATIVA DE LOS TERRITORIOS HISTÓRICOS.
Tres. La Región de Castilla-La Mancha tendrá escudo e himno propios. Una Ley de Cortes de Castilla-La Mancha determinará el escudo y el himno de la Región.
Cuatro. Las provincias, comarcas y municipios de la Región conservarán sus banderas, escudos y emblemas tradicionales.
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Toma ya. En toda la boca. ¿En verdad es legal poner un pendón carmesí, por ejemplo, en el balcón del Ayuntamiento de Guadalajara, junto con la banderita de CLM y el resto? Porque como en alguna legislatura el PCAS, nosotros o nuestros nietos, saquemos un solo concejal en la capital, y seamos la llave del gobierno, la primera "imposición" al PPSOE va a ser un bonito pendón carmesí en el balcón del ayuntamiento...jajaja
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Fuente de la información:
http://pagina.jccm.es/estatuto/index.htm