Voy a intentar resumir el estado de la cuestión, suponiendo que se quiere mostrar la bandera permanentemente.
1. Legalidad de la medidaEstatuto CyL (ojo, respecto al colgado en este hilo anteriormente hay una reforma de 2007):Cada provincia y municipio conservarán las banderas y emblemas que les son tradicionales.
Estatuto ClM: Las provincias, comarcas y municipios de la Región conservarán sus banderas, escudos y emblemas tradicionales.
Estatutos de Madrid, La Rioja y Cantabria: No se dice nada, pero en realidad ondean las banderas municipales. ¿Ilegal?¿Alegal? A lo mejor es más libre que las dos anteriores.
No veo que CyL sea más restrictivo que ClM, el pendón es emblema tradicional de todas las provincias y todos los municipios, al haber sido parte del Reino de Castilla. Únicamente alguien podría objetar que no se podría poner en las provincias del antiguo reino de León, al que correspondería únicamente la cuartelada. Para ello:
1.1 Legalidad de la cuartelada modificadaEn el estatuto de CyL se define claramente la "cuartelada oficial" como:
La bandera de Castilla y León es cuartelada y contiene
los símbolos de Castilla y León, conforme se han descrito en el apartado anterior =>
El blasón de Castilla y León es un escudo timbrado
por corona real abierta, cuartelado en cruz o contracuartelado. El primer y cuarto cuarteles: en campo de gules, un castillo de oro almenado de tres almenas, mamposteado de sable y clarado de azur. El segundo y tercer cuarteles: en campo de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado y armado de gules, coronado de oro.Se debe confirmar si cualquier cambio en esta descripción convertiría al resultado en una bandera diferente de la legal, que podría utilizarse como "emblema tradicional", aparte de otros argumentos que ya se han dicho aquí en favor del pendón.
2- Medio de llevar a la práctica.A) Poblaciones gobernadas por partidos castellanistas:La acción corre a cargo del partido castellanista. No hacen falta medidas de apoyo.
A.1 Ayuntamientos: se aplica tal cual el estatuto que corresponda, suponiendo que sea posible.
A.2 Pedanías: es más sencillo por no haber leyes que regulen el uso de banderas autonómicas.
A.2.1 Antiguos ayuntamientos independientes: utilizar el edificio del antiguo ayuntamiento, si es posible. Si no, ir a A2.2
A.2.2 Pedanías puras: cualquier sitio emblemático adecuado.
En caso de no funcionar ninguna de estas opciones, ir a B.2
B) Resto de poblaciones con concejales castellanistasLa acción corre a cargo del partido castellanista. Hacen falta medidas de apoyo: cartas, manifestaciones, etc. En estas medidas, tener en cuenta que es mejor:
- Entregar carta y pendón en mano antes que por correo, ante el filtro del secretario.
- Ir con varias ideas claras y concretas, reflejadas en el escrito como preparadas oralmente:
- Quién o qué organización hay detrás de la iniciativa (contraproducente ampararse en el anonimato).
- Cómo ha surgido esta iniciativa (respuesta a la previsible pregunta de por qué he de poner esto en mi ayuntamiento).
- Qué fin tiene esta iniciativa (respuesta a la pregunta qué les digo a los vecinos cuando vean "eso" colgado en la Casa del Pueblo).
- Por qué "esa" bandera (pregunta que a nosotros nos parecerá incuestionable pero que hay que saber responder desde su perspectiva).
B.1 Proponer en el pleno el uso de la bandera/pendón como símbolo tradicional. Si se admite, es como A.1. Si se rechaza, ir a B.2
B.2 En caso de no aceptarse, promover una campaña para la colocación del símbolo, en tamaño mayor que el autonómico, en algún sitio de la ciudad como expresión de la "voluntad popular", "tradiciones históricas" etc. En último caso, colocación en edificio/parcela propiedad de simpatizantes como en
http://www.aciprensa.com/noticia.php?n=11057 C) Poblaciones sin concejales castellanistas y municipios en otras autonomíasLa acción corre a cargo de los simpatizantes castellanistas, apoyados por los partidos. Las "medidas de apoyo" (cartas, manifestaciones, etc.) son la única acción posible, que salvo sorpresa terminaría en el punto B.2.
3- Financiación Correrá a cargo de los partidos castellanistas y sus simpatizantes; en ningún caso del presupuesto de la localidad (salvo que se desee voluntariamente). Las banderas deberían fabricarse idealmente en Castilla, o al menos adquirirse en comercios castellanos.