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Autor Tema: Caso Sortu  (Leído 23472 veces)
0 Usuarios y 8 Visitantes están viendo este tema.
Navarrete
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« Respuesta #40 : Abril 07, 2011, 23:26:38 »


Me parece Ginevra que esa argumentación la tienes muy pillada por los pelos. Cuando la constitución grarantiza el secreto de las comunicaciones entiendo que se refiere al contenido de las comunicaciones y no al operador que las hace posible. Me baso en que cuando la Constitución se redactó sólo existía una operadora telefónica, un gestor postal y un gestor de telégrafos, monopolios estatales y por tanto difícilmente podía estar ni en la letra ni en el espíritu de la Constitución que esa información formase parte del derecho a preservar.

En cualquier caso insisto en que esto me parece una nimiedad frente a otros derechos constitucionales que sí se están conculcando de forma continuada, como el derecho al trabajo y el derecho a la vivienda.
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« Respuesta #41 : Abril 07, 2011, 23:30:39 »


Me parece Ginevra que esa argumentación la tienes muy pillada por los pelos. Cuando la constitución grarantiza el secreto de las comunicaciones entiendo que se refiere al contenido de las comunicaciones y no al operador que las hace posible. Me baso en que cuando la Constitución se redactó sólo existía una operadora telefónica, un gestor postal y un gestor de telégrafos, monopolios estatales y por tanto difícilmente podía estar ni en la letra ni en el espíritu de la Constitución que esa información formase parte del derecho a preservar.



No estoy de acuerdo.

No se refiere sólo al contenido. Por ejemplo y por ponerte precisamente un ejemplo de esos que si conocía el legislador consitucional por aquellos entonces:

Cuando alguien envía una carta, en el remite escribes la dirección de la persona a la que lo quieres enviar. Bien, pues la policía, sin órden el juez, no tiene derecho a ir a correos y pedir las cartas que tu escribas y que estén listas para enviarse. Aún cuándo no las abran, no tienen derecho a mirarlo porque también pertenece al secreto de comunicación la persona a la que tu las quieras enviar.

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Leka Diaz de Vivar
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« Respuesta #42 : Abril 07, 2011, 23:37:33 »


Yo solo voy a hablar en este tema desde mi perspectiva.

En las aseguradoras hay unas leyes como la LOPD que te cagas por la pata abajo, ahí se protege a mas no poder la confidencialidad y la protección de datos, ni un policía que entre en alguna oficina puede pedirte los datos de un cliente sin autorización legal.
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« Respuesta #43 : Abril 07, 2011, 23:44:18 »


Me parece Ginevra que esa argumentación la tienes muy pillada por los pelos. Cuando la constitución grarantiza el secreto de las comunicaciones entiendo que se refiere al contenido de las comunicaciones y no al operador que las hace posible. Me baso en que cuando la Constitución se redactó sólo existía una operadora telefónica, un gestor postal y un gestor de telégrafos, monopolios estatales y por tanto difícilmente podía estar ni en la letra ni en el espíritu de la Constitución que esa información formase parte del derecho a preservar.



No estoy de acuerdo.

No se refiere sólo al contenido. Por ejemplo y por ponerte precisamente un ejemplo de esos que si conocía el legislador consitucional por aquellos entonces:

Cuando alguien envía una carta, en el remite escribes la dirección de la persona a la que lo quieres enviar. Bien, pues la policía, sin órden el juez, no tiene derecho a ir a correos y pedir las cartas que tu escribas y que estén listas para enviarse. Aún cuándo no las abran, no tienen derecho a mirarlo porque también pertenece al secreto de comunicación la persona a la que tu las quieras enviar.





De acuerdo, pero no se conculca ningún derecho si averiguan que tú mandas las cartas a través de Correos, básicamente porque en 1978 no se concebía que hubiese más de un gestor postal, telefónico o telegráfico.

Y aunque te esfuerces en obviarlo sigo pensando que esto es una nimiedad frente a la conculcación del derecho a un trabajo a y una vivienda. ¿Verdad que soy pesao?  icon_mrgreen
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Leka Diaz de Vivar
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« Respuesta #44 : Abril 07, 2011, 23:48:33 »


Pero desde cuando una vivienda y un trabajo es un derecho(real)??, lo segundo es una propiedad no un derecho(como la vida, la libertad,etc...) y lo primero no solo depende del oferente sino de ti, si eres un vago...porque cojones tienes que tener un derecho al trabajo?, o...a que tipo de trabajo tienes derecho??, como se determina eso??.

Si no hay privacidad no hay libertad, y sino hay libertad no hay nada, después del de la vida es le derecho mas elemental.
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« Respuesta #45 : Abril 07, 2011, 23:57:17 »


Pues si no es un derecho real que lo quiten, pero mientras esté habrá que cumplirlo, ¿no?

Citar
Artículo 35.

1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.




Que les pregunten al 20% de parados a ver qué derecho es más importante para ellos: el derecho al trabajo o el derecho a que la policía no sepa que su operadora es Vodafone  icon_lol

« Última modificación: Abril 08, 2011, 00:00:07 por Navarrete » En línea
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« Respuesta #46 : Abril 08, 2011, 00:13:42 »


Pero desde cuando una vivienda y un trabajo es un derecho(real)??

El trabajo no es un derecho, i la vivienda tampoco, por lo que ya te he explicado antes.

Tu no naces y hagas lo que hagas tienes derecho al trabajo(a que tipo de trabajo y dependiendo de que??), y que decir de la vivienda que es una propiedad  icon_lol
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« Respuesta #47 : Abril 08, 2011, 00:26:51 »


Pero desde cuando una vivienda y un trabajo es un derecho(real)??

El trabajo no es un derecho, i la vivienda tampoco, por lo que ya te he explicado antes.

Tu no naces y hagas lo que hagas tienes derecho al trabajo(a que tipo de trabajo y dependiendo de que??), y que decir de la vivienda que es una propiedad  icon_lol



Pues te repito que si para ti no es un derecho, para la Constitución española sí lo es y por tanto en España es un derecho, te guste o no. Trabajar es un deber y el trabajo es un derecho. Para más detalles relee el artículo 35 que te he copiado antes.

En cuanto al derecho a una vivienda evidentemente no estamos refiriéndonos al derecho a tener una casa en propiedad sino a disponer de un lugar donde habitar, sin entrar al detalle de si ese lugar tiene que ser en propiedad, en alquiler o en usufructo.
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« Respuesta #48 : Abril 08, 2011, 00:51:22 »


Por eso primero lo he puesto en paréntesis y luego lo he subrayado...REAL, derecho REAL, no teórico.

En cuanto al derecho a una vivienda evidentemente no estamos refiriéndonos al derecho a tener una casa en propiedad sino a disponer de un lugar donde habitar, sin entrar al detalle de si ese lugar tiene que ser en propiedad, en alquiler o en usufructo.

Y por que no el derecho al alimento??, que yo sepa es mas vital que la vivienda.
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« Respuesta #49 : Abril 08, 2011, 01:20:21 »


Pero desde cuando una vivienda y un trabajo es un derecho(real)??, lo segundo es una propiedad no un derecho(como la vida, la libertad,etc...) y lo primero no solo depende del oferente sino de ti, si eres un vago...porque cojones tienes que tener un derecho al trabajo?, o...a que tipo de trabajo tienes derecho??, como se determina eso??.

Si no hay privacidad no hay libertad, y sino hay libertad no hay nada, después del de la vida es le derecho mas elemental.


Leka, estas últimas intervenciones estoy totalmente de acuerdo contigo!  icon_eek jeje, si al final nos acabamos cojiendo cariño y todo  icon_mrgreen
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