La demarcación territorial del "Estado" o "Tierra de Jorquera" es incorrecta y además no es inmutable y cambia con el tiempo. Por tanto esa delimitación será más o menos válida en función de la fecha, eso para empezar, luego...
Obviando las casi cuatro décadas de dominio impreciso y consolidación de la conquista castellana...
1- La Tierra o Estado de Jorquera es parte del Señorío/Marquesado de Villena.
2- El "Estado de Jorquera" no representa una unidad administrativa ni jurisdiccional Por vía de la jurisdicción señorial es parte del marquesado y sus villas se representan mediante procuradores en la Juntas de Hermandad del Marquesado.
3- El "Estado de Jorquera" es una denominación meramente consuetudinaria que en origen representa al difuso espacio bajo impreciso dominio castellano, con el hisn de Jorquera como plaza fuerte destacada en las fuentes. Más allá de eso...
- En 1266 se constituye el concejo de Jorquera.
- En 1272 Ves recibe el villazgo quedando su alfoz desagregado de la jurisdicción jorquerana.
- En 1364 Alcalá del Rio (Júcar) recibe privilegio de villazgo, quedando desagregada de la jurisdicción de Jorquera. Alcalá queda incluida en la comunidad de pastos que desde 1266 Jorquera tenía con Chinchilla.
- Carcelén constituirá también señorío aparte.
4-Tras la derrota marquesal en la Guerra del Marquesado, la capitulación conlleva que Jorquera, Alcalá y Ves, con sus alfoces, se mantengan bajo dominio marquesal. La mayor parte del Marquesado a excepción de Alarcón, Belmonte, Garcimuñoz, Jumilla y Ontur pasa a realengo. El marqués nombrará corregidor para sus villas y la monarquía lo hará para el resto bajo la de "Corregimiento" o "Gobernación" del Marquesado de Villena, que, peor aún, acabará disuelta y dividida entre sus vecinas.
Y eso sin entrar en muchos detalles por lo que en conclusión:
- Si hablas de jurisdicción concejil, entonces debes separar el alfoz de Jorquera, del de Alcalá y del de Ves.
- Si pasas a un plano superior... entonces ármate de paciencia... Tu mapa solo sería válido a partir de una determinada fecha y como demarcación de un corregimiento marquesal. Pero si llevas el plano al nivel de corregimiento... entonces debes reflejarlos todos o estarás mezclando realidades administrativas.

