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Autor Tema: Jurisdicciones castellanas (1157-1502)  (Leído 15494 veces)
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castella-nista
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« Respuesta #20 : Diciembre 22, 2011, 14:43:27 »


La villa y tierra de Avila:

http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/5/54/Villa_y_tierra_de_Avila.jpg/792px-Villa_y_tierra_de_Avila.jpg

La de Béjar:

http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/6/6f/Villa_y_tierra_de_B%C3%A9jar.jpg/800px-Villa_y_tierra_de_B%C3%A9jar.jpg

La de Plasencia:

http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/c/c4/Tierra_de_Plasencia_en_la_prov._de_C%C3%A1ceres.jpg/800px-Tierra_de_Plasencia_en_la_prov._de_C%C3%A1ceres.jpg

Quería bajar imagenes directamente desde mi ordenador sin tener que crear enlaces.¿Alguien sabe cómo puedo hacerlo?
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Free Castile
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« Respuesta #21 : Diciembre 22, 2011, 14:47:40 »


La villa y tierra de Avila:





La de Béjar:



La de Plasencia:



Quería bajar imagenes directamente desde mi ordenador sin tener que crear enlaces.¿Alguien sabe cómo puedo hacerlo?



Tienes que subir las imagenes desde tu ordenador a imageshack o alguna plataforma y el enlace resultante pegarle en tu post  añadiendole el distintivo de imagen de arriba
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Tierra quemada para reyes por llamas comuneras, viva Castilla libre y socialista!!
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« Respuesta #22 : Diciembre 22, 2011, 14:59:41 »


"....añadiendole el distintivo de imagen de arriba."

Esa parte no la he entendido,¿ tengo que utilizar el icono insertar imagen?
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Francisco de Medina
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« Respuesta #23 : Diciembre 22, 2011, 15:03:57 »


Edito, que acabo de ver que me he expresado fatal.

Yo tengo otra duda FdM. ¿Hasta qué punto esas demarcaciones jurisdiccionales influyeron en la denominación de un lugar como "villa"? Porque, por ejemplo, en mi provincia hay otras 15 localidades que tuvieron Villa y Tierra (y otras villas que no la tuvieron, algunas con su rollo jurisdiccional y todo - véase la zona de las cinco villas), además de las que sacas en tus mapas. ¿Puede ser porque fueron posteriores al periodo de tu estudio?


Generalmente, casi todas las "villas" de Castilla lo son desde la época de los Austrias (posterior a mi estudio). Te comento como fue la cosa, así coloquialmente:

Las Comunidades tenían una villa y aldeas. Ser villa era una categoría que otorgaba derechos legales y jurisdiccionales, así como fiscales, sobre un alfoz de aldeas. Ser villa era tener poder sobre un territorio.

Por ello, los Austrias, ávidos de dinero para sus guerras, tomaron la siguiente decisión: "vender" privilegios de villazgo, que muchas aldeas se apresuraron a comprar, escindiéndose de la jurisdicción de la villa a la que pertenecían y configurándose en villa propia. ¿Cuál fue el resultado de esto? El fin de las comarcas-Estado que eran las Comunidades, pasando de un modelo de administración comarcal a uno municipal, porque ya en vez de haber jurisdicciones comarcales fuertes, lo que hubo fueron municipios aislados (como ahora), sin fuerza para oponerse al poder central.

En definitiva, las Comunidades vieron como muchas de sus aldeas se les marchaban sin poder hacer nada. Fue una voladura controlada de todo el sistema jurídico castellano.

El libro "Desde un Concejo de Castilla" habla muy bien sobre el fin de las Comunidades, poniendo el caso de Bustarviejo, que pertenecía a la Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia:

"La independencia de las aldeas, que a primera vista pudo parecer beneficiosa, tal vez no lo fuera en realidad. Las viejas Comunidades agrarias con base en el uso común de leyes y bienes (pastos, maderas, etc) se disolvían por la política fiscal de los Reyes, y esta disolución no puede considerarse positiva, como no puede considerarse positiva toda división que concede una libertad con la necesaria renuncia a otros derechos de la convivencia en fraternidad de pueblos, estados y regiones. No debieran olvidar esto quienes, por ese disfrute de las pequeñas libertades, sacrifican los grandes bienes de la unión.

Esta fue la realidad que vivieron intensamente los Concejos de Castilla, que orgullosamente desvinculados de sus propias raíces con sus villas, perdiendo su sentido histórico y su conciencia de pertenencia a las Comunidades, fueron incapaces de configurar un rostro nuevo, careciendo de fuerza para mantener su propia unidad. Las aldeas son así víctimas de su propia independencia, no tienen fuerza para enfrentarse a la defensa de sus propios derechos frente al constante saqueo".
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"Se dió aviso a los lugares de la Tierra e se ayuntaron en la Villa de Uceda con muchas armas ofensivas e defensivas, arcabuces, lanzas e ballestas, que todos serían más de dos mil hombres"
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« Respuesta #24 : Diciembre 22, 2011, 15:17:26 »


Como no ser bajar las imagenes de otra manera , de momento , pondré el enlace.

Por si a alguien le parece interesante he confeccionado un mapa con los territorios históricos o jurisdicciones castellanas en la actual provincia de Cáceres.En 1653  una serie de concejos compraan   el voto en  Cortes, a partir de ese momento empieza a aparecer en los mapas la provincia de Extremadura.No obstante, cuando se crean las provincias, año 1833, se le suman(¿?) una serie de territorios castellanos que nada tenían que ver con la inicial provincia de Extramadura.

http://imageshack.us/f/576/terrcasdecc.jpg/
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« Respuesta #25 : Diciembre 22, 2011, 15:53:29 »


La merindad de Castilla Vieja incluye a las de Trasmiera y Vecio.Yo no las pondría.

Por otro lado una zona de Alava,  está también incluida en Castilla Vieja.

Por lo que respecta a la Álava actual, el libro Becerro nos informa, en la Merindad de Castilla Vieja   de  los  siguientes  lugares:

Villantenne (Villanañe), solariego
Villamaderne, solariego
Varrio (Barrio), mixto de solariego y de abadengo (S.Miguel)
Nogralo (Nograro), mixto de solariego y de abadengo (S.Millán)
Espeio (Espejo), solariego
Bachicao (Bachicabo), mixto de solariego y de abadengo (S.Millán)
Verguenda (Berguenda), mixto de solariego y de abadengo (Obarenes)
Sonbron (Sobrón) e Lantaron, solariego de los Velasco
Fuente Echa (Fontecha), solariego
Quintaniella (Quintanilla), solariego de los Velasco y de D.Nuño, señor de Vizcaya
Gruendes (Gurendes), solariego de D.Nuño, señor de Vizcaya y de otros
Vasaue (Besabe), solariego de D.Nuño, señor de Vizcaya
Mioma, solariego
Villa nueua de Suegrades (Villanueva de Valdegovía), solariego de D.Nuño, señor de Vizcaya y de otros
Açeuedo (Acebedo), solariego de D.Nuño, señor de Vizcaya y de otros
Touiellas (Tovillas), abadengo (Oña)
Bouada (Bóveda), solariego de D.Nuño, señor de Vizcaya, de los Velascos y de otros
Pinedo, solariego de D.Nuño, señor de Vizcaya y de los Velascos
Corro, solariego de D.Nuño, señor de Vizcaya y de otros
Valluentera (Valluerca), solariego de D.Nuño, señor de Vizcaya y de otros
Bihote (Viote, despoblado en Quejo), solariego
Osma, mixto de solariego y abadengo (Bujedo)
Carrança (Caranca), pasó del realengo a los Velascos
Astulez, solariego de los Velasco
La Puebla d'Arziniella (Artziniega), solariego de D.Tello, posteriormente señor de Vizcaya por su matrimonio con Juana de Lara
El Abadia d'Enes (Añes), abadengo (S.Millán)
Tuesta, de behetría
Quexo (Quejo), yermo (despoblado)
Salinas (de Añana) y su aldea Atiega, realengo
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« Respuesta #26 : Diciembre 25, 2011, 22:16:34 »


- Si hablas de jurisdicción concejil, entonces debes separar el alfoz de Jorquera, del de Alcalá y del de Ves.

- Si pasas a un plano superior... entonces ármate de paciencia... Tu mapa solo sería válido a partir de una determinada fecha y como demarcación de un corregimiento marquesal. Pero si llevas el plano al nivel de corregimiento... entonces debes reflejarlos todos o estarás mezclando realidades administrativas.


En efecto, hablo de jurisdicción concejil, en unos casos, y en un plano superior, en otros. Puede parecer contradictorio, pero no lo es. En las Merindades, la jurisdicción concejil se ve solapada constantemente por las competencias del merino, por lo que és esta jurisdicción superior la que hay que considerar.

En las Comunidades, sin embargo, pasa a la inversa: no existe institución superior a la Comunidad, aparte del Rey. Por ello es la jurisdicción concejil la que prima.

En cuando a las Órdenes Militares, sus encomiendas fueron pobladas, unas a Fuero de Toledo, y otras a Fuero de Cuenca. Por tanto, solo resta considerar el dominio de la Orden como una totalidad, o ya si quisiéramos ir a un estudio todavía más profundo, decir qué municipios tenían fuero visigótico y cuáles el conquense, lo que se convierte en un trabajo, no ya de chinos, sino de japoneses... nanotecnología en estado puro.  icon_wink

En cuanto a la zona albaceteña, únicamente he valorado cómo se produjo la repoblación, y qué leyes locales tenían los municipios. En el caso de Jorquera se le otorgó Fuero de Cuenca, y posteriormente Don Juan Manuel le dio otros privilegios.

Cuando un municipio se separaba de su cabeza, generalmente mantenía el fuero de derecho local de la villa a la que había estado adscrito. Por ello he mantenido Ves y Alcalá del Júcar dentro del Estado de Jorquera.

Ocurrió lo mismo con Atienza. En 1253 Cifuentes se hace villa, y en 1434 se escinde Jadraque con gran parte del Común. Pero ambas mantuvieron el fuero atencino como derecho local (algo que era usual en la época), por lo tanto he considerado originalmente la Comunidad de Atienza en su totalidad.

El mismo argumento he empleado para el Estado de Jorquera.


Aún con todo eso el mapa sigue estando mal.

Citar
Cuando un municipio se separaba de su cabeza, generalmente mantenía el fuero de derecho local de la villa a la que había estado adscrito. Por ello he mantenido Ves y Alcalá del Júcar dentro del Estado de Jorquera.


Generalmente, pero no particularmente. Ves recibe fuero de Cuenca, Alcalá, no.

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www.laviejaaldea.blogspot.com

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« Respuesta #27 : Diciembre 25, 2011, 23:40:57 »


Merindad Castilla Vieja en la actual provincia de Alava:

http://img94.imageshack.us/img94/130/alava.jpg
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« Respuesta #28 : Diciembre 26, 2011, 00:32:31 »


Merindad Castilla Vieja en la actual provincia de Alava:

http://img94.imageshack.us/img94/130/alava.jpg


Interesante...
Cuando los vascos reclamen Treviño, lo veo muy claro.
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El estado español : estructura caciquil garante de las mayores injusticias que se pueden encontrar en Europa. Castilla: primer pueblo sometido y amordazado por él. Nuestro papel no puede ser echarle encima este yugo a cuantos más mejor, sino romperlo por fin y librar con ello al mundo de esta lacra.
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« Respuesta #29 : Diciembre 26, 2011, 10:57:08 »


Territorios históricamente castellanos de la actual provincia de Cáceres.En el caso de Plasencia,Trujillo y Medellín hasta 1653; los de Avila, Béjar y Talavera hasta 1833.

src="http://img818.imageshack.us/img818/5756/terrcasdecc.jpg" alt="Image Hosted by ImageShack.us"/>
Shot at 2011-12-24
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