Pero no mencionas en ningún momento el derecho a la libertad de información y de opinión, muy por encima del derecho al honor de los personajes públicos.
Pero, ¿de nuevo porque lo dices tú?
El derecho a la libertad de expresión y el derecho a una información veraz no es contradictorio con el derecho al honor y a la intimidad familiar y personal. Son derechos que no se solapan, sino que se complementan para determinar el marco jurídico en el que la sociedad va a moverse.
Es decir, tu tienes derecho a que te informen sobre el caso Dívar, y a opinar sobre el caso. Pero no tienes derecho a que te informen sobre la vida personal y familiar de ese señor, aquí entra por supuesto su orientación sexual, eso es algo íntimo que en ningún caso tienes derecho a saber por terceros. Tampoco tienes derecho a opinar cuestionando el honor de alguien, y tienes la obligación de respetar la vida íntima de las personas.
Los ciudadanos tenemos derecho a estar informado, pero respetando el límite de la vida privada de las personas.
¿Dónde está el límite? Hay mucha jurisprudencia y mucha doctrina al respecto. Pero en este caso el límite no es difuso, porque la orientación sexual de esta persona de la que tanto se ha hablado, no viene al caso en absoluto.
Qué tendrá que ver una supuesta malversación de caudales públicos con la orientación sexual. Nada. Por eso entiendo que si se habla del asunto es por puro morbo, no por interés general, y eso va en contra del derecho a la intimidad personal de esta persona. Hay que recordar que nuestra libertad de expresión termina donde empiezan los derechos al honor de los demás.
Una duda legal: el viaje de S.M. el rey de España Don Juan Carlos I de Borbón y Borbón ¿era privado o público?.
Creo que era un viaje privado, pero desconozco si se financión con fondos públicos o privados. En cualquier caso, no se cuestionó nada más allá de lo públicamene relevante.

