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Autor Tema: El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot'  (Leído 11425 veces)
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JLazaroS
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« Respuesta #10 : Octubre 22, 2013, 10:22:50 »


La dispersion me imagino que acabara cuando ETA de disuelva para siempre, que para lo que esta no se a que conno espera la verdad.


Si está claro, el gobierno no va a cambiar nada en la política penitenciaria hasta que ETA no se disuelva y ETA no se va a disolver hasta solucionar el problema de los presos. Leka, tú no debes ser informático, ¿no? Porque esto es un interbloqueo de toda la vida: http://es.wikipedia.org/wiki/Bloqueo_mutuo

Que es el FIES?


http://www.rebelion.org/docs/127675.pdf
También hace referencia al tema la película "Celda 211".
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El verdadero castellano es indomable, no le reduce ni el frío ni el calor ni el hambre ni la tortura, ni la paz ni la guerra, es altivo y libre bajo una apariencia humilde y sencilla
rigaton
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« Respuesta #11 : Octubre 22, 2013, 12:22:26 »


Ya tenemos tarifa plana en los asesinatos. A partir de ahora, queda claro que si te cargas a 20 u 80, te sale gratis desde el 2º.




No porque la doctrina Parot sigue vigente. Lo que es ilegal y ANTICONSTITUCIONAL es aplicar retroactivamente esa doctrina a casos juzgados anteriormente a su puesta en vigor, cuando la retroactividad de cualquier decision legal solo se puede realizar si favorece al afectado. 

En definitiva, una mas de los gilipollas del PP y PSOE que no se preocuparon de tener una leyes muy flojas durante un par de decadas mientras ETA , violadores,etc cometian sus delitos, y solo se preocuparon cuando los carniceros y violadores estaban a punto de salir, y para que no salieran para que no hubiera alarma social ,incluso incumplieron su propia sacrosanta constitucion. 

Despues de esto, es ridiculo que le digan a los separatistas que el limite es la constitucion , y que no se puede incumplir cuando ellos tambien la incumplen.
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Ginevrapureblood
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« Respuesta #12 : Octubre 22, 2013, 12:46:51 »


Opinión de Martín Pallín, magistrado, firmante del voto particular contra la decisión del Supremo de 2006 por la cual se instaura la "Doctrina Parot".

Conviene recordar que la tal doctrina no es ninguna ley, sino una práxis judicial, siendo un principio básico del derecho penal moderno que no hay pena sin ley, amén del principio de taxatividad que debe imperar en la elaboración e interpretación de la Ley Penal.


Martín Pallín: "No debe quedar nadie en la cárcel por la doctrina Parot"

El magistrado, firmante del voto particular contra la decisión del Supremo de 2006, considera una "aberración" que sean los afectados los que deban pedir la excarcelación. Advierte que si la Audiencia Nacional no los libera incurrirá en "detención ilegal"

"A partir de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, no puede haber gente en la cárcel por hechos anteriores a 2003 en aplicación de la llamada doctrina Parot". Es la postura del magistrado José Antonio Martín Pallín, uno de los tres jueces del Tribunal Supremo que, en 2006, firmó el voto particular contra la sentencia que dio origen a esa polémica doctrina.

Las opiniones de Martín Pallín, que hoy es magistrado emérito del Supremo, sobre los efectos del fallo de Estrasburgo son contundentes. "Es aberrante que se diga que los presos van a tener que pedir su libertad en aplicación de la sentencia, cuando es obligación de todos los tribunales velar por el derecho a la libertad", señaló, en declaraciones a Público.

Destaca que deben actuar la Audiencia Nacional ─ en el caso de los presos por terrorismo─ y las audiencias provinciales correspondientes ─por el resto de reclusos afectados─, ordenando inmediatamente las libertades, ya que si no estarían incurriendo en un delito de detención ilegal. "Deben hacerlo de forma urgente, porque la libertad es un bien que se lesiona cada minuto. Inés del Río por ejemplo, según la liquidación de condena [luego cambiada por la doctrina Parot] tenía que haber salido de la cárcel en 2008, y han pasado cinco años desde entonces. Los días que ha estado de más en la cárcel van a tener que ser indemnizados", argumenta Martín Pallín, miembro de la asociación progresista Jueces para la Democracia.

Sobre la reacción de las asociaciones de víctimas del terrorismo contra la sentencia de Estrasburgo, el magistrado señala que puede entenderlas desde el punto de vista personal, "pero no que se incite al desacato. Comprendería mejor que reclamaran que como país nos saliésemos del Convenio de Derechos Humanos".

En su opinión, "las víctimas merecen respeto, apoyo económico, pero no deben regir la elaboración de las normas jurídicas, eso no lo pone en ningún sitio de la Constitución, y es un retroceso de siglos. En ese terreno de dirección de la política criminal tienen un protagonismo indebido".

En cuanto a la sentencia del TEDH, entiende que señala claramente que la interpretación que hace la sentencia del Supremo del año 2006 en el caso de las liquidaciones de condena de Henri Parot ─y por extensión, al resto de presos en su misma situación─, "es contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos".

Para Martín Pallín, también contraviene, "a pesar de lo dicho por los ministros de Justicia e Interior", "a la propia Constitución Española, porque la libertad, que es un bien de protección urgentísima, sólo puede limitarse por ley, nunca por una interpretación jurisprudencial". En ese sentido, el magistrado recordó que entre los votos particulares a la sentencia del Constitucional que, en marzo de 2012, avaló la aplicación de la doctrina Parot a varios supuestos, se defendió ese argumento de que no podía afectarse el derecho a la libertad sin apoyo en una ley.

Por otro lado, el magistrado emérito criticó que el ministro Ruiz-Gallardón, al valorar este lunes la sentencia, dijese "incorrectísimamente, y de una forma impropia de un jurista", que la sentencia de Estrasburgo sólo es aplicable a condenados por hechos cometidos hasta 1995, porque el Código Penal de ese año suprimió la redención de penas por trabajo.

Martín Pallín destaca que, tras la supresión de ese tipo de redenciones ─que se eliminaron porque tenían una connotación franquista derivada de su uso en los denominados batallones disciplinarios─, en 1995 se sustituyeron por beneficios penitenciarios. "Por lo que, entre 1995 y 2003, la interpretación de los tribunales de aplicar los beneficios sobre el límite máximo de cumplimiento efectivo siguió vigente. Ello se varió en la reforma de 2003, que procedía del compromiso electoral del PP en favor del cumplimiento íntegro de las penas de terrorismo".

Es por ello que sostiene que la sentencia afecta a todos los condenados por delitos ocurridos hasta el año 2003 y no hasta 1995, que hubieran resultado afectados por la interpretación realizada en la doctrina Parot, que estableció que había que aplicar las redenciones o beneficios a todas las condenas del recluso de forma sucesiva, en vez de al límite de cumplimiento máximo de 30 años de prisión.

El magistrado entiende que la sentencia de Estrasburgo es "un triunfo del Estado de Derecho", ya que España está adscrita al Convenio Europeo de Derechos Humanos, y supone "una derrota para los terroristas, que no creen en ese Estado de Derecho, y piensan que la acción pasa por los tiros en la nuca. España vive bajo un Estado de Derecho, el mismo que los terroristas pensaban cargarse".

La sentencia que estableció la denominada periodísticamente doctrina Parot, de febrero de 2006, fue aprobada por el Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo, pero contó con el voto particular discrepante de tres magistrados: Martín Pallín, Joaquín Giménez y Perfecto Andrés Ibáñez, que ahora, siete años después, han visto que sus tesis han sido compartidas por el Tribunal de Estrasburgo.

Los tres jueces entendieron que la doctrina Parot suponía una "auténtica reescritura" del Código Penal de 1973 realizada "contra reo", que incorporaba una filosofía de cumplimiento íntegro de las penas ajena a esa norma, y que representaba la aplicación tácita, de forma retroactiva, de la reforma introducida en 2003 por el Gobierno del PP en el Código Penal.

Los tres magistrados decían que el giro interpretativo dado por el Supremo tenía que ver claramente con la singularidad del caso concreto, el de un preso con un sanguinario historial como Henri Parot, pero subrayaban que "ni siquiera tales circunstancias pueden justificar una quiebra de los parámetros de aplicación del derecho que constituyen la normalidad de la jurisprudencia".



http://www.publico.es/476220/martin-pallin-no-debe-quedar-nadie-en-la-carcel-por-la-doctrina-parot

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JLazaroS
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« Respuesta #13 : Octubre 22, 2013, 13:03:23 »


Lo que a mí me parece de coña es que ahora vengan algunos diciendo que el Tribunal de Estrasburgo ha hecho un favor a ETA. No, el favor ya se lo habían hecho en España, haciendo un uso chapucero de la ley que no podía sostenerse jurídicamente y que, en consecuencia, tenía que ser rechazado por el tribunal europeo...

Como apunta rigaton, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no dice nada acerca del código penal ni de la política penitenciaria española, es el tema de la retroactividad lo que fundamenta la decisión. Por lo tanto, no es el TEDH el que hace que salgan a la calle los terroristas, violadores, etc. Es la ley española. Lo único que ha hecho el TEDH es decirle al estado español que tiene que cumplir sus propias leyes, así de sencillo. Y es bueno que alguien le recuerde eso a un estado que pretende ser un estado de derecho.
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« Respuesta #14 : Octubre 22, 2013, 14:49:49 »


Lo que a mí me parece de coña es que ahora vengan algunos diciendo que el Tribunal de Estrasburgo ha hecho un favor a ETA. No, el favor ya se lo habían hecho en España, haciendo un uso chapucero de la ley que no podía sostenerse jurídicamente y que, en consecuencia, tenía que ser rechazado por el tribunal europeo...

Como apunta rigaton, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no dice nada acerca del código penal ni de la política penitenciaria española, es el tema de la retroactividad lo que fundamenta la decisión. Por lo tanto, no es el TEDH el que hace que salgan a la calle los terroristas, violadores, etc. Es la ley española. Lo único que ha hecho el TEDH es decirle al estado español que tiene que cumplir sus propias leyes, así de sencillo. Y es bueno que alguien le recuerde eso a un estado que pretende ser un estado de derecho.


Es que es de cajon. El PP-PSOE estuvieron tocandose los cojones hasta 2003 con unas leyes muy suaves , sin hacer nada para cambiarlo. Resulta que en 2003 por fin se les enciende la lucecita, y cambian la ley, pero ven como un buen numero de carniceros y violadores van a salir a la calle por su inutilidad, y no se les ocurre otra cosa que cargarse sus propias leyes para mantenerlos en la carcel, y ademas crear un precedente peligroso. Si a estos se les aplica las normas retroactivamente, que les impide al PP-PSOE aplicar otras leyes-normas retroactivamente a gente que les molesta que salgan a la calle porque les perjudica.
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Leka Diaz de Vivar
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« Respuesta #15 : Octubre 22, 2013, 14:55:26 »


Nada que annadiros, otra chapuza mas made in spain.

Jlazaro, es un bloqueo que is lo piensas es absurdo, es tan sencillo como decir: "si te disuelves acabamso con ese sistema de dispersion"...me extrannaria mucho que no lo hubiesen propuesto.... el tema es que los de la ETA no quieren disolverse, me imagino que aun no se han colocado en el nuevo escenario y ahi andan, 5 decadas pegando tiros cuesta mucho cerrarlos....
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De todos los libros del mundo el que debería ser prohibido antes que ningún otro es el catálogo de los libros prohibidos.(Lichtenberg)
JLazaroS
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« Respuesta #16 : Octubre 22, 2013, 16:23:29 »


Nada que annadiros, otra chapuza mas made in spain.

Jlazaro, es un bloqueo que is lo piensas es absurdo, es tan sencillo como decir: "si te disuelves acabamso con ese sistema de dispersion"...me extrannaria mucho que no lo hubiesen propuesto.... el tema es que los de la ETA no quieren disolverse, me imagino que aun no se han colocado en el nuevo escenario y ahi andan, 5 decadas pegando tiros cuesta mucho cerrarlos....


Es bastante absurdo, porque yo estoy convencido de que así será, y una vez que se disuelva ETA se acabará la dispersión esté quien esté en el gobierno. Es lo lógico, una norma excepcional motivada por una situación concreta, en este caso la existencia de una banda armada, no puede sobrevivir a dicha situación. Vamos, sería una irresponsabilidad porque podría dar motivos para quien quiera pensar que lo del terrorismo no estaba tan mal... y no creo que ni siquiera nuestros muy irresponsables gobernantes llegaran a tanta irresponsabilidad.

Otra cosa es que los de ETA no se fíen y crean que si no están ellos los presos quedan abandonados a su suerte...
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« Respuesta #17 : Octubre 22, 2013, 16:24:42 »


Yo sigo diciendo que no veo por ningún lado lo de la chapuza. La doctrina Parot ha funcionado muy bien. Se creó para aguantar unos años mas a etarras y criminales varios que fueron juzgados por el antiguo Código.

Objetivo cumplido. Está claro que no iba a durar para siempre, estando España supeditada a Tribunales Extranjeros, pero oye...
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Bautizao con vino blanco, lo mejor del mundo entero, yo he nacido en Manzanares, por eso soy Manchego.

Torremangana II
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« Respuesta #18 : Octubre 22, 2013, 18:41:10 »


No deja de ser irónico que los etarras que niegan la Constitución y toda ley o norma recurran a ella si les beneficia.

El problema de España es que aquí todo el que pide penas duras poco menos que era cabo con Franco y claro, como nos dedicamos al buen rollito, luego cuando pasa lo que pasa tenemos lo que tenemos.

Nadie se atreve ni a discutir lo de estar un máximo de 30 años en la cárcel, ni el cumplimiento íntegro de penas, ni que se revise el 'soltadero' oficial que es la reducción de penas por sandeces como hacer un curso de pintura... y así nos va. Somos un país de pusilánimes y acomplejados y vivimos con el estigma de mirar de reojo al pasado, que de esta forma nos condiciona.

Por cierto, Europa cada día me da más asco, no la entiendo, no me sirve,... acabarán ganando partiods como el frente Nacional francés y destrozándola. La gente está muy harta en todas partes.
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En el fondo del catalanismo, de lo que en mi País Vasco se llama bizcaitarrismo, y del regionalismo gallego, no hay sino anti-castellanismo, una profunda aversión al espíritu castellano y a sus manifestaciones (Unamuno)
Hablad de castellanos y portugueses, porque españoles somos todos (Luís Camões)
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« Respuesta #19 : Octubre 22, 2013, 19:44:32 »



Pues yo creo que la credibilidad de los jueces del estado es 0, la credibilidad del gobierno de la mentira es 0, la credibilidad del estado español es 0.

No cumplen ni las leyes que firman llevando a los ciudadanos a situaciones alegales que dejan incredulo a cualquier tribunal meramente imparcial......que asco me da pertenecer a este estado que ni siquiera la justicia se libra de ser parte de esta monarquia corrupta bananera.

Aqui la gente joven y el que puede no es que emigre, es que huye, ¿ Nos queda Portugal? A lo mejor ni eso. Salud.

 
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“Al hablar de la independencia de Castilla, no entendemos que el término signifique independencia nacional, una especie de autonomía , sino, más bien, una independencia social y laboral, una independencia de los trabajadores y campesinos, fuera del nacionalismo burgues".-- Adaptacion makhnovista.--
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