Víctimas y victimistas
Autor: Carmelo Arribas Pérez
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http://www.extremaduraaldia.com/content/view/10480/44/ En estos momentos, en los que desde hace unas fechas nos levantamos,nos desayunamos y nos acostamos, todos los días, con el Estatuto de Cataluña, como mononoticia en todos los medios de comunicación, hay quien ha querido establecer la semejanza que puede haber entre el Estatuto y la recuperación de los privilegios que abolió el Decreto de Nueva Planta, sin embargo nadie y menos con conocimiento históricos, quiere sacar a colación tal Decreto, que evidentemente cercenó enormemente los privilegios que tenían algunos catalanes, los de siempre en todas partes, imponiéndoles la legislación que existía a nivel de otras zonas de España, como podía ser Castilla. ¿Porqué no quieren recordarlo? .
Pues, porque las auténticas víctimas y lo han seguido siendo, han sido regiones como Castilla o Extremadura que han mantenido con dinero y hombres, las aventuras guerreras y políticas de los reyes españoles, normalmente bastante descabelladas en lo militar y ruinosas en lo económico.
Hagamos un brevísimo antecedente al tema para saber de lo qué se está hablando: Felipe V, tras la guerra de Sucesión, en la que parte de Cataluña Aragón,Valencia y Mallorca, apoyan al candidato austríaco D. Carlos, abuele todos los derechos civiles y privados de los reinos de Aragón y Valencia, con lo que se prohibe la lengua valenciana al menos en la administración, y se establecen alcabalas, y alojamientos de soldados, lo cual era evidentemente muy gravoso como puede verse en las Actas de los Ayuntamientos. Esta desaparición de privilegios se amplió posteriormente a Cataluña y Mallorca.
En Cataluña con el decreto del 16 enero de 1716, se abolía la Generalidad , las Cortes, el Consejo de Ciento, y se estableció el catastro gravando las propiedades y poniendo impuestos al comercio. El catalán como lengua fue sustituido en la administración por el castellano, aplicándose obligatoriamente. Sin embargo se mantuvieron algunas peculiaridades del derecho privado, pero sobre todo la exención de quintas.
Para algunos la reforma de Felipe V, fue muy beneficiosa, para los catalanes en general y creó la pequeña burguesía (curiosamente se ha convertido en la base del nacionalismo moderado catalán), pese a los evidentes agravios como el de la lengua, y algunas otras cosas, ya que los incorporó a la organización de un estado moderno, frente a una estructura política casi medieval.
Es evidente, y basta ver el encabezamiento del documento que adjunto, perteneciente al archivo de un pequeño municipio de la provincia de Cuenca, que he investigado ampliamente, para ver cómo existía un concepto, a pesar de la monarquía absoluta, en la época de los Austrias de una España cercana al federalismo.
Una concepción que nunca había tenido Francia, con una visión más centralista del Estado, pero que a juzgar por texto del decreto de Nueva Planta, Felipe V no tiene, en principio, mucho interés en cambiar. Este fragmento del Decreto lo dice todo por sí mismo.
“Considerando haber perdido los reinos de Aragón y Valencia y todos sus habitadores por la rebelión que cometieron, faltando enteramente al juramento de fidelidad que me hicieron como a su legítimo Rey y Señor, todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que gozaban y que con tan liberal mano se les habían concedido así por mí como por los señores reyes mis predecesores, particularizándoles en esto de los demás reinos de Aragón y Valencia, pues a la circunstancia de ser comprendidos en los demás que tan legítimamente poseo en esta monarquía se añade ahora la del derecho de la conquista que de ellos han hecho últimamente mis armas con el motivo de su rebelión; y considerando también que uno de los principales atributos de la soberanía es la imposición y derogación de las leyes, las cuales, con la variedad de los tiempos y mudanza de costumbres, podría Yo alterar, aun sin los grandes y fundados motivos y circunstancias que hoy concurren para ello, en lo tocante a los de Aragón y Valencia; he juzgado por conveniente, así por esto como por mi deseo de reducir todos mis reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla tan loables y plausibles en todo el Universo, abolir y derogar enteramente como desde luego doy por abolidos y derogados todos los referidos fueros y privilegios, prácticas y costumbres hasta aquí I observadas en los referidos reinos de Aragón y Valencia, siendo mi voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y se ha tenido en ella y en sus tribunales, sin diferencia alguna en nada, pudiendo obtener por esta razón igualmente mis fidelísimos vasallos los castellanos, oficios y empleos en Aragón y Valencia de la misma manera que los aragoneses y valencianos han de poder en adelante gozarlos en Castilla sin ninguna distinción, facilitando Yo por este medio a los castellanos motivos para que acrediten de nuevo los afectos de mi gratitud, dispensando en ellos los mayores favores y gracias tan merecidas de su experimentada y acusada fidelidad y dando a los aragoneses y valencianos reciproca e igualmente etc.etc.
El Decreto de Cataluña es por el estilo añadiéndose lo siguiente:
“. Las causas en la Real Audiencia se sustanciarán en lengua castellana y para que por la mayor satisfacción de las partes los incidentes de las causas se traten con la mayor deliberación, mando que todas las peticiones, presentación de instrumentos y lo demás que se ofreciere, se haga en las salas. . ”
Sin embargo a pesar de los fidelísimos castellanos. No se le dan privilegios a Castilla, sino únicamente se carga a todas estas regiones de Valencia, Aragón Mallorca y Cataluña con las mismas cargas que tenía el resto de España, pero aún así tampoco perdieron todos los privilegios, ya que consiguieron mantener la exención de quintas, que para los demás era realmente gravoso, ya que quitaba abundante y joven mano de obra, y mantenía a los jóvenes , si no había muerto en alguna descabellada guerra, ausentes de su familia y su entorno durante ocho años.
Y fíjense en el documento que adjunto, a quien se solicita el impuesto:
Castilla y Extremadura pagan ocho maravedíes de moneda vieja o deciseis de la blanca y en el reino de León seis maravedíes de la moneda vieja u doce de la blanca.
Es evidente, sobre qué regiones cargaban todos los gravámenes. La acumulación de impuestos y la pérdida de mano de obra útil llevó a Castilla, León, Extremadura y demás, a lo que cuenta Ferrán y Soldevila referido a Castilla:
"La miseria había llegado a límites casi increíbles...Puede decirse que la burguesía o clase media, había desaparecido en Castilla, donde no había más que dos clases sociales:la pechera (que paga pecho o contribuciones directas) y la privilegiada".
Y si seguimos con el doloroso tema de las quintas. En otro documento que se guarda en el citado archivo anterior se dice:
"Que dentro de ocho días acudan con poder bastante de sus conzejos y Justicias para otorgar obligazion de que los soldados que hubieren entregar en la presente leba del vezindario assi a lugar solo como a Juntos de que servira a su Magestad en el tiempo que manda por sus Reales ordenes y que si se muriere o se ausentare remplazen otro en su lugar".
Porqué hace el comentario final. Es evidente que ante las órdenes reales de leva de soldados, se podía tener la tentación de afirmar que tal persona había muerto o que se había ausentado del lugar.
Lo malo es que, Felipe V decidió durante los primeros años de su reinado que se reclutaría un soldado por cada cien habitantes. Esta prestación personal, se podía evitar mediante una prestación económica, por lo que aquellos que gozaban de cierto nivel de rentas estaban exentos.
Este ejército también se nutría de los marginados a los que se consideraba gente inútil, para los que la milicia sería un buen medio para integrarlos. El "ejército también era un lugar útil para enviar a los individuos acusados de embriaguez y malos tratos a las mujeres" Se afirma.
Lo que se aprecia en dicho escrito es la crueldad de la petición. A cada pueblo le correspondía una cantidad de soldados, que no se hace constar en el escrito, cuya fotocopia poseo y que en caso de "se muriere" o de que huyera para no ir la guerra, "remplazen otro en su lugar". Es evidente que si huía ya no volvería nunca más a ese pueblo, ya que se encontraría con la enemistad de aquellos que habían sido incorporados en su lugar.
Ni Valencia, ni Aragón ni en Mallorca, han hecho nunca mención de los Decretos de la Nueva Planta, aunque tengo oído, no lo he visto, que durante muchísimos años en un pueblo importante del interior de Castellón, que no cito por no haberlo comprobado personalmente, aunque he estado allí, tuvieron un cuadro de Felipe V en el salón de plenos del Ayuntamiento cabeza abajo, como castigo simbólico.
Sólo con la fabulación nacionalista de la historia que se produjo en un período de tiempo todavía reciente, y cuyos ecos todavía perduran, se hizo una mención reivindicativa del Decreto de la Nueva Planta. Pero la historia es muy terca y si se mira sin apasionamiento, da algunas sorpresas, como la de descubrir quienes han sido durante siglos las víctimas y quienes los victimistas.

