Vamos a ver, os ponen una multa por organizar una concierto en una casa okupa, es decir, en un lugar no apto para organizar este tipo de eventos, sin embargo, no la ponen por organizarlo sin gozar de las medicas de evacuación, las medidas higienico sanitarias básicas (a pesar de los aseos improvisados).
Para comprobar que SA actuó agentes de CNP o de la Policia Municipal, previamente identificados, deberian de haber comprobado que los actuantes en verdad eran los miembros de SA, ¿se hizo?
Por otra parte, os podían haber metido por no tener la licencia pertinente, pero de haber iniciado expediente sancionador, para La Traba es una excelente noticia porque reconocen su derecho a estar allí, vamos es como cuando haces una casa en un terrero rustico, y al año siguiente te cobran el IBI, te acaba de tocar la loteria, te acaban de reconocer tierra urbanizable la casa, pues lo mismo para La Traba, otra cosa es que se lo pasen por el forro.
Creo que podréis recurrir, pero en cualquier caso, y a pesar de esta jodia crisis, haré las aportaciones correspondientes para contribuir a pagar la multa.

