Lo mejor: Hay algún gilipollas que pone en los comentarios que "hay que respetar las tradiciones de nuestros compañeros y compañeras marroquís", o algo así.
Probablemente fuera un sarcasmo, ¿no crees?
Igual sí.
Eso no lo sabía, me puedes poner el enlace donde las leyes franquistas admitían el maltrato del hombre hacia la mujer?... porque yo pienso que el machismo de antaño o entiende de regímenes sino de épocas.
No vas a encontrar una ley franquista en la que se recoja el "ius corrigendi". Más que nada porque las leyes penales están formuladas en sentido negativo, es decir, te dicen lo que está prohibido, no lo que está permitido. En este sentido, nos encontramos con un Código penal franquista que no castiga los malos tratos. Luego no estaban legalmente prohibidos.
No sé si me explico, no hay una norma que diga: "Tienes derecho a pegar a tu mujer", pero luego nos encontramos con el que Código Penal no recoge ningún castigo si la pegas.
Un símil más práctico, es el "ius corrigendi" que el cabeza de familia tenía sobre los hijos, no era ilegal corregirlos a golpes incluso, pero no vas a encontrar ningún artículo donde este recogido ese derecho. Sin embargo es socialmente aceptado y no se castiga.
De todas formas, no se puede achacar todo a la época. Pues por los años 50 y 60 esto ya no lo consentían las legislaciones de la Europa moderna, y en franquismo sí. Hay una larga lista de preceptos en el Código civil franquista en los cuales niegan a la mujer los derechos sobre sus propios bienes, etc.
El franquismo sí fué un atraso. Por ejemplo, la República había eliminado el delito de adulterio y el franquismo lo instauró, pero solo era delito si lo cometían mujeres. Y además, el régimen franquista reincorporó el "uxoricidio por causa de honor", que había sido eliminado por la República. Aquí el hombre podía matar a su mujer y a su hija menor de 23 años si vivía en la casa paterna, si las sorprendía en adulterio y únicamente era castigado con el destierro.
Esto se puede leer en el Código Penal de 1944.